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El Constitucional ordena que se aplique la sentencia europea contra el canon digital
Regreso al pasado, con regalo envenenado para la SGAE. El juicio que termin? la primera sentencia contra el canon a los CD y DVD v?enes, en 2005, se tendr?ue repetir, pero el magistrado deber?ener en cuenta en su nuevo fallo «las normas del ordenamiento interno, incluyendo el Derecho comunitario aplicable [?mamente, a este respecto, Sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni?uropea , Sala Tercera, de 21 de octubre de 2010]», seg?a href=»http://www.tribunalconstitucional.es/es/jurisprudencia/Paginas/Sentencia.aspx?cod=10031″ target=»_blank»>sentencia del 29 de noviembre de 2010 del Tribunal Constitucional. En aquel juicio un juez de Alcal?e Henares consider?e los soportes digitales no deb? estar sometidos a la remuneraci?ompensatoria si no se probaba que s?est?destinados a la copia privada de material protegido y oblig?devolver euro con setenta y dos c?imos al demandante, el inform?co Reynaldo Cordero.
El Alto Tribunal ha dado la raz? la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), que present? recurso de amparo ante al Constitucional porque consideraba que se hab?vulnerado su derecho a la tutela efectiva. Es decir, a defenderse en un causa por la que ten?»inter?leg?mo» en su condici?e entidad recaudadora de la remuneraci?ompensatoria por copia privada prevista en el art?lo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual.
El Constitucional ya hab?ordenado la repetici?e otro juicio sobre el canon en las actas judiciales, de octubre de 2006, en el que la Audiencia de M?ga sentenci?e grabar un juicio en CD no estaba sujeto al pago del canon. El demandante, el arquitecto malague?duardo Serrano, argument?e ese disco iba a ser empleado para grabar el acta de ese mismo juicio y no albergar?ninguna copia de obra sujeta a copyright.
Seg?l abogado de Reynaldo Cordero, Javier de la Cueva, «la sentencia europea sobre el canon digital ser?e aplicaci?irecta en un juicio si se demuestra que los equipos, aparatos y materiales gravados no se destinaron a la realizaci?e copias privadas».
Hoy mismo, adem? se ha hecho p?co que la Justicia europea ha ratificado ese fallo al remitir a la misma sentencia ante una cuesti?rejudicial planteada por un juzgado de Tenerife.